EDUCACIÓN COOPERATIVA Y MUTUAL DESDE UNA PERSPECTIVA POLÍTICA Y PEDAGÓGICA



Nuestra sociedad se debate entre la inclusión y la exclusión social, poniendo en evidencia lo que las personas deberían legítimamente poseer y no poseen,  como así también lo que esas personas podrían ser y no alcanzan a lograr[1].

Con el objetivo de revisar y recurar el papel de las instituciones y sus prácticas en función de la construcción de una cultura solidaria y democrática, donde se   establezca  continuidad de compromiso en las  acciones que facilitan el desarrollo de  firmes lazos de integración y promoción humana, de cualidades pro-sociales, del fomento de la igualdad y  la calidad educativa, se ha acordado un trabajo mancomunado, orgánico y sistemático de coordinación, formación, asesoramiento y planificación entre el Ministerio de Desarrollo Social desde la Secretaría  de Políticas Sociales, Cooperativas y Mutuales y el Ministerio de Educación desde la Subsecretaría de Estado de Promoción de Igualdad y calidad Educativa;  impulsando así, la incorporación de  los principios  y valores del cooperativismo y el mutualismo en los procesos de enseñanza aprendizaje y la  capacitación docente correspondiente, en concordancia con la Ley de Educación N º 26.206, en su artículo 90, donde expresa: “El Ministerio de Educación, Ciencia y Tecnología promoverá, a través del Consejo Federal de Educación, la incorporación de los principios y valores del Cooperativismo y del Mutualismo en los procesos de enseñanza-aprendizaje y la capacitación docente correspondiente, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nº 16.583 y sus reglamentaciones. Asimismo, se promoverá el cooperativismo y el mutualismo escolar”;  La Ley de Educación Provincial Nº 9870, en su   Artículo 4º.- Fines y Objetivos de la Educación Provincial-:
 “m) Incorporar el cooperativismo, mutualismo y asociativismo en todos los procesos de formación, en concordancia con los principios y valores establecidos en la Ley Nacional Nº 16.583 y sus normas reglamentarias”, como así también  Ley Provincial  de Cooperativas Nro. 8569. 

                                                      
 Este meritorio convenio es una iniciativa legítima para superar  dificultades  mediante la solidaridad, el  esfuerzo propio, la ayuda mutua y la autogestión comunitaria, ya que la incorporación  al ámbito escolar  del mutualismo y el cooperativismo presupone la ejecución de una alternativa efectiva que favorece el estableciendo de redes de conexiones entre los contenidos que se vinculan con el desarrollo social y educativo encuadrados en la planificación de cada Proyecto Institucional (PEI). Para avanzar en el cumplimiento de la incorporación del Cooperativismo y Mutualismo en el ámbito escolar y el abordaje de estos contenidos, se convocó a docentes, directivos y supervisores de los distintos niveles y modalidades del sistema educativo provincial, como así también organismos nacionales e internacionales vinculados a la temática, para la producción de los Lineamientos Curriculares de Educación Cooperativa y Mutual de la provincia de Córdoba, los cuales fueron publicados en el año 2009.
Cabe destacar que en el año 2011 y gracias al trabajo conjunto entre los Ministerio de Educación y Desarrollo Social, se publicó también el Documento “Educación Cooperativa y Mutual”.
 La política jurisdiccional se propone avanzar progresivamente hacia un enfoque transversal del cooperativismo y mutualismo educacional, evitando depositar la responsabilidad del proyecto en una única disciplina o referente institucional, para garantizar así su continuidad en el tiempo y un mayor impacto en la trama de las organizaciones educativas y comunitarias.



[1] Para ampliar, véase: FERREYRA H., GALLO G. y ZECCHINI A. (2007)